• Detalle de Ley

    Ley N°: 829
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - ECONOMICO
    Sancionada: 23/10/1902
    Promulgada: 25/10/1902
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  Y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Destínase  la suma de mil ciento veinte pe-
    sos m/n  para el pago de alquileres de casa que la H. Legis-
    latura adeuda  al  señor  Zenón J. Santillán, por tres meses
    veinte días que le retuvo el antiguo local.
    
       Art. 2º.- El gasto que demande la presente ley se imputa-
    rá a la misma y se hará de rentas generales.
    
       Art. 3º.- Comuníquese al P. E.
    
       Dada la  Sala   de  Sesiones  de  la  H.  Legislatura,  a
    veintitrés de Octubre de mil novecientos dos.-
    
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DESTINA UNA SUMA DE DINERO PARA EL PAGO DE ALQUILERES QUE LA H. LEGISLATURA ADEUDA AL SEÑOR ZENÓN J. SANTILLÁN.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS. TOMO 25- PAGINA 208.-