* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Concédese a S. E. el Señor Gobernador de la
Provincia la licencia que solicita para ausentarse de la
misma por el término de noventa días, pudiendo hacer uso de
ella en la forma que lo expresa el mensaje de fecha 21 del
corriente.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a
veinticinco de Noviembre de mil novecientos dos.