• Detalle de Ley

    Ley N°: 840
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 28/11/1902
    Promulgada: 01/12/1902
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Autorízase  al  P.  Ejecutivo  para  mandar
    abonar a  los  herederos  de don Juan N. Jiménez, la suma de
    ochocientos setenta  y  siete pesos con ochenta centavos m/n
    c/1., por  sueldos  devengados  por éste en la Secretaría de
    Gobierno.
    
       Art. 2º.- Este  gasto  se  hará  de rentas  generales con
    imputación a la presente ley.
    
       Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
    
       Dada en  la  Sala  de  Sesiones  de  la H. Legislatura, a
    veintiocho de Noviembre de mil novecientos dos.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO PARA MANDAR ABONAR A LOS HEREDEROS DE DON JUAN N. JIMÉNEZ LOS SUELDOS DEVENGADOS EN LA SECRETARÍA DE GOBIERNO.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 25- PAGINA 254.-