• Detalle de Ley

    Ley N°: 846
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 07/01/1903
    Promulgada: 08/01/1903
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Autorízase  al P. E. para  arreglar el pago
    de las  cuentas  pendientes  con  los  ferrocarriles Central
    Córdoba y  Noroeste  Argentino,  hasta el 31 de Diciembre de
    1901, una  vez liquidadas definitivamente, en diez anualida-
    des, sin interés.
    
       Art. 2.- Comuníquese al P. E.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a siete
    de Enero de mil novecientos tres.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA A ARREGLAR EL PAGO DE LAS CUENTAS PENDIENTES CON LOS FERROCARRILES CENTRAL CORDOBA Y NOROESTE ARGENTINO HASTA 31/12/01.-

  • Observaciones

    COMPILACIÓN DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 25- PÁG. 308.-