La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Sustituir el Artículo 1° de la Ley N° 7824,
el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a
expropiación inmueble ubicado en la ciudad de Concepción,
departamento Chicligasta, identificado con el Padrón N°
254.974 (Fracción 2-Plano de división N° 58.589/10),
compuesto por una superficie de 13 has. 7807,0573 m2”.
Art. 2°.- Sustituir el Artículo 2° de la Ley N° 7824, el
que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 2°.- El inmueble expropiado será destinado a la
práctica de los alumnos de la escuela Agrotécnica
Concepción -Ingeniero Agrónomo Ludovico Tusek-,
establecimiento escolar creado en el marco del PROGRAMA
NACIONAL 700 ESCUELAS, implementado por los Ministerios
de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación; y de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, con
recursos provenientes del Gobierno Nacional”.
Art. 3°.- Convalídese todo lo actuado en el Expediente N°
1416/170-DJ/07.
Art. 4°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintisiete días del mes
de agosto del año dos mil trece.