• Detalle de Ley

    Ley N°: 865
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 19/01/1904
    Promulgada: 23/01/1904
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Concédese al señor Gobernador de la Provin-
    cia la  licencia que solicita para ausentarse del territorio
    de la  misma por el término de tres meses, para que haga uso
    de ella en la forma que la pide.
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura a diez y
    nueve de Enero de mil novecientos cuatro.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    CONCEDE LICENCIA AL SR.GOBERNADOR DE LA PROVINCIA PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO DE LA MISMA POR EL TERMINO DE TRES MESES.-

  • Observaciones

    COMPILACIÓN DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 26- PAGINA 121.-