• Detalle de Ley

    Ley N°: 881
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO - INDUSTRIAL Y PRODUCCION
    Sancionada: 25/04/1906
    Promulgada: 27/04/1906
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Autorízase al P. E. para contratar ad refe-
    rendum, la  explotación industrial de las caídas de agua del
    Río Lules.
    
       Art. 2º.- Autorízase  para mandar hacer los estudios per-
    tinentes, pudiendo al efecto disponer de los que obran en el
    Departamento de  Obras Públicas y celebrar los contratos que
    fueren necesarios.
    
       Art. 3º.- Para  cumplimiento de  lo previsto en el 2º, el
    P. Ejecutivo  queda  facultado para intervenir hasta la suma
    de cinco  mil  pesos  m/n  que serán imputados a la presente
    ley.
    
       Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
    
       Dada en  la  Sala  de  Sesiones  de  la H. Legislatura, a
    veinticinco de Abril de mil novecientos seis.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DESTINA FONDOS PARA HACER ESTUDIOS SOBRE LAS CAÍDAS DE AGUA DEL RÍO LULES PARA SU EXPLOTACIÓN INDUSTRIAL.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 28- PAGINA 110.-