La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 1° de la Ley N°
8809, en la forma que a continuación se indica:
- Reemplazar el inc. 4, por el siguiente:
"4) Padrón N° 62866; Circunscripción II; Sección: B;
Lámina: 239; Parcela: 60 A; Matrícula: 71009; Orden: 60."
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintidós días del mes
de marzo del año dos mil dieciséis.