* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase al P. E. para mandar cancelar en
los libros de contabilidad las siguientes cuentas por consi-
derarlas incobrables:
Diferencia que resultó al hacer entrega del tesoro por el
ex-tesorero general, Dn. Cirilo Gramajo al de igual clase Dn
Juan Vicentini en Julio de 1887 $ 2.645.56
Papel sellado de Monteros 1887 " 37.60
Papel sellado de Graneros 1887 " 24
Id id de Aguilares 1887 " 25
Papeletas de conchavo 1891 " 690
Id id 1892 " 327
Libretas de id id 1891 1.791.10
Id id 1892 $ 11.413.41
Papel de marchamo 1884 " 296.91
Boletas de marcas 1890 " 1.898.50
Id id 1891 " 1.012.84
Guías de campaña 1891
Id id 1892 " 297.90
Certificados de transferencia 1891 " 513.85
Papel de multas 1891 " 6.780
Id id 1892 " 6.939
Decreto de 18 de Junio de 1888 compra de
Sarmientos " 2.472
Reglamento de Policía " 84.87
Código de Procedimientos 1889 " 44
Gastos en la casa de la Independencia " 20.84
Sociedad Rural " 20.69
Máximo Sal $ 46.29
Derecho de agua, saldo de los años 1893 a
1895 " 7.751.30
Impuesto de seguridad, saldo de los años
1895 y 1896 " 1.207.50
Juan Carranza " 48
Papel sellado 1889 " 280
Impuesto de seguridad 1902 " 128.50
Id id 1901 " 1.581.80
Papeletas de peones prófugos 1897 " 2.756.25
Id id 1892 " 1.419
$ 53.342.91
Art. 2º.- Comuníquese al P. E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a
veintisiete de Octubre de mil novecientos seis.-