* CADUCA *
La H.S. de R.R. en uso de sus facultades ha sancionado la
siguiente
L E Y:
Artículo 1º.- Se autoriza al Poder Ejecutivo para gastar
tres mil quinientos pesos a más de los votados en el presu-
puesto general para gastos extraordinarios e imprevistos,
por haberse agotado aquellos, y con calidad de dar cuenta.
Art. 2º.- Se aumentarán tres pesos más sobre los que tie-
ne votados la H.S. para cada vestuario del piquete de línea
y gendarmes, los que serán agregados al presupuesto de
gastos.
Art. 3º.- Comuníquese.
Tucumán, Julio 28 de 1857.-