• Detalle de Ley

    Ley N°: 922
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: INDUSTRIAL Y PRODUCCION - TRIBUTARIO
    Sancionada: 06/06/1907
    Promulgada: 08/06/1907
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Créase  un  nuevo  impuesto adicional de un
    cuarto (1/4) de centavo por cada kilo de azúcar elaborada en
    la cosecha de 1907.
    
       Art. 2º.- Prorrógase  por el presente año, hasta el 1º de
    Noviembre, el  término de los artículos 2º y 11 de la Ley de
    Contribución Directa  hasta  el 1º de Setiembre el plazo del
    artículo 24; y hasta el 1º de Octubre, el establecido en los
    artículos 25 y 28 de la misma ley.
    
       Art. 3º.- Comuníquese al P. Ejecutivo.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura a
    seis de Junio de mil novecientos siete.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    CREA IMPUESTO ADICIONAL A LA PRODUCCION DE AZUCAR EN 1907. PRORROGA PLAZOS DE LEY 920 -CONTRIBUCION DIRECTA A INMUEBLES-.

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 29- PAGINA 353.-