La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Modifícase la Ley sancionada en fecha 11 de
Junio de 2020 por la que se declara de utilidad pública y
sujeto a expropiación un inmueble ubicado en el departamento
Chicligasta, comunicado al Poder Ejecutivo, mediante Nota N°
102/2020 con P.L. 45/2020; en la forma que a continuación se
indica:
- Reemplazar el Artículo 1°, por el siguiente:
"Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto
a expropiación una fracción del inmueble, ubicado en
el departamento Río Chico, identificado con las
siguientes medidas y linderos:
Norte: 8,98 mts. con calle Islas Malvinas;
Sur: 59,09 mts. con Padrón 57.273;
Este: 112,66 mts. con Ruta Nacional N° 38;
Oeste: 107,10 mts. con Padrón N° 57.277.
Con una superficie aproximada: 3.590 mts.2.
Identificado, en mayor extensión, con la siguiente
Nomenclatura Catastral: Padrón N° 57.276; Circunscripción:
2; Sección: F; Lámina: 481; Parcela: 408; Matrícula: 28558;
Orden: 609."
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los siete días del mes de
julio del año dos mil veinte.