* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Ábrese un crédito extraordinario al Depar-
tamento de Hacienda e Instrucción Pública, por la suma de
veinticinco mil pesos moneda nacional, para reforzar la
partida 3, item 2º, inciso III, Anexo B, del Presupuesto
vigente.
Art. 2º.- Este gasto se hará de rentas generales impu-
tándose a la presente ley.
Art. 3º.- Comuníquese al P. Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a
treinta y uno de Octubre de mil novecientos siete.-