• Detalle de Ley

    Ley N°: 936
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 18/11/1907
    Promulgada: 22/11/1907
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Facúltase al P. Ejecutivo para adquirir, de
    la Municipalidad  de  la Capital, las instalaciones que ésta
    posee para  el  servicio de desinfección y demás accesorios,
    pudiendo invertir con ese objeto hasta la suma de veinte mil
    pesos m/n.
    
       Art. 2º.- El  expresado  servicio  estará  a cargo  en lo
    sucesivo, del Consejo de Higiene, el que, mientras se dicten
    por la  Provincia los respectivos reglamentos, se regirá por
    las ordenanzas municipales correspondientes.
    
       Art. 3º.- Hasta tanto se  incluya en el presupuesto de la
    Provincia el  personal necesario para atender el servicio de
    desinfección, la  primera  tomará a su cargo el pago del que
    actualmente lo  atiende  por  cuenta  de  la  Municipalidad,
    pasando a depender del Consejo de Higiene.
    
       Art. 4º.- El  gasto  que demande el cumplimiento  de esta
    ley se hará de rentas generales con imputación a la misma.
    
       Art. 5º.- Comuníquese al P. Ejecutivo.
    
       Dada en  la  Sala  de  Sesiones  de  la H. Legislatura, a
    diecinueve de Noviembre de mil novecientos siete.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    FACULTA AL PODER EJECUTIVO A ADQUIRIR INSTALACIONES PARA EL SERVICIO DE DESINFECCIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 29- PAGINA 561.-