* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Concédese a S. E. el señor Gobernador de la
Provincia licencia para ausentarse del territorio de la
misma, por el término de cuarenta y cinco días; quedando
facultado para hacer uso de ella en la forma que lo solicita
en su pedido de fecha 8 del corriente.
Art. 2º.- Comuníquese al P. Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a
veinte de Noviembre de mil novecientos siete.-