* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Apruébase los Decretos de fecha 20 de junio
de 1901, 25 de Julio de 1901, 13 de Agosto de 1901, 28 de
Agosto de 1901, 17 de Septiembre de 1901, y la resolución de
28 de Marzo de 1901.
Art. 2º.- Apruébase las cuentas correspondientes a las
anteriores autorizaciones.
Art. 3º.- Comuníquese al P.E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a cinco
de Junio de mil novecientos ocho.-