* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Ábrese al Ministerio de Gobierno un crédito
extraordinario por la suma de mil seiscientos pesos moneda
nacional, con destino al pago de los honorarios y gastos
ocasionados por la defensa de la Provincia en el juicio que
le ha seguido ante la Suprema Corte Nacional la Sociedad
Anónima Córdoba del Tucumán, por devolución del impuesto
adicional al azúcar creado por la ley provincial de 2 de
Abril de 1903.
Art. 2º.- El gasto autorizado por la presente se hará de
rentas generales con imputación a la misma.
Art. 3º.- Comuníquese al P.E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a cinco
de Junio de mil novecientos ocho.-