* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Apruébase las resoluciones y decretos dic-
tados por el P. E. en Acuerdo de Ministros, que a continua-
ción se expresan:
a) De 11 de Mayo de 1907.- Autorizando al Consejo General
de Educación para contratar privadamente los ladrillos nece-
sarios para la construcción de los edificios escolares de la
campaña.
b) De 15 de Mayo de 1907.- Prorrogando hasta el 31 de
Mayo, el plazo señalado por el artículo 24 de la ley, para
presentar los reclamos ante el Jurado; hasta el 30 de Junio
los fijados por los artículos 11, 25 y 28 para solicitar la
exoneración de contribución directa; y haciendo correr hasta
el 30 de Setiembre los términos señalados por el artículo 2º
para el pago del impuesto.
c) De 23 de Mayo de 1907.- Reglamentando la percepción
del viático.
d) De 12 de Junio de 1907.- Autorizando al Consejo Gene-
ral de Educación para contratar privadamente con el señor
José Ragonessi, la construcción de 300 bancos para las Es-
cuelas.
e) De 14 de Junio de 1907.- Autorizando al Consejo Gene-
ral de Educación para liquidar viáticos a los inspectores de
Sección desde el 1º de Abril, de conformidad al Acuerdo del
23 de Mayo de 1907.
f) De 4 de Setiembre de 1907.- Autorizando a ejecutar por
administración las reparaciones de la platea de la pileta
del gimnasio escolar.
g) De 3 de Enero de 1908.- Confirmando resolución del
Consejo General de Educación, que acuerda, por una sola vez,
la suma de $ 250 a cada uno de los profesores, Ciro Esca-
lante, Eudoro Aráoz y José R. Fierro, como remuneración por
las clases dictadas para los maestros que deben rendir
examen.
h) De 8 de Enero de 1908.- Rectificando las sumas de los
incisos 6 y 7 del Anexo A del Presupuesto de 1908 que com-
prende el Departamento General de Policía y la Cárcel Peni-
tenciaría, quedando fijadas en $ 848.000 y $77.920 respec-
tivamente, en vez de $848.360 y $ 79.120 que aparece en la
ley y eliminando la suma $ 73.680 correspondiente al presu-
puesto del Banco de la Provincia, anexo B., inciso 10, que-
dando, como consecuencia, reducida a $ 3.618.308,71, en vez
de $ 3.693.548,71, la suma total de gastos autorizados por
el artículo 1º de la Ley de Presupuesto de 1908.
i) De 24 de Enero de 1908, adquiriendo del Banco de la
Provincia por $ 52.758,35 la casa que fue propiedad del doc-
tor Próspero García, con la amortización semestral de 10% y
6% de interés anual.
j) De 27 de Febrero de 1908, nombrando encargado de pa-
drones e informes judiciales, con $ 160 de sueldo, al señor
José Manuel Núñez.
k) De 6 de Abril de 1908.- Mandando abonar al señor Pedro
León Paz, la suma de $ 410 por gastos hechos en 1907 en la
recopilación de datos para la formación del plano catastral.
l) De 27 de Abril de 1908.- Mandando abonar al Director
del Laboratorio Bacteriológico la suma $ 1.350 por sus suel-
dos correspondientes a los meses de Junio, Julio y Agosto de
1907.
m) De 30 de Abril de 1908.-Creando 12 puestos de ayudan-
tes con $ 65 de sueldo.
n) De 12 de Mayo de 1908.-Rectificando la imputación dada
al Acuerdo anterior.
o) De 12 de Mayo de 1908.- Aprobando la rendición de
cuentas del Consejo General de Educación por valor de
$ 1.157,50 por refacciones hechas en la escuela "Federico
Helguera" durante el año 1907.
Art.2º.- Comuníquese al P. E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a tres
de Julio de mil novecientos ocho.-