La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Ratifícase en todos sus términos el Decreto
con invocación a Necesidad y Urgencia N° 2/3 (ME) del 1 de
Junio de 2023.
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los cinco días del mes de
julio del año dos mil veintitrés.