* DEROGADA *
La Honorable Sala de Representante ha sancionado con
fuerza de ley lo siguiente:
Artículo 1º.- Autorízase al P.E. para dictar un Reglamen-
to para la diversión de carreras, y para imponer un medio
real por peso sobre las paradas que excedan de la cantidad
de cinco pesos para arriba.
Art. 2º.- Comuníquese.
Tucumán, Noviembre 20 de 1857.