• Detalle de Ley

    Ley N°: 977
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 20/08/1908
    Promulgada: 25/08/1908
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase al P.E. para abonar a don Rafael
    Suárez, o  su  cesionario,  la  suma de tres mil seiscientos
    treinta y  seis  pesos con sesenta y dos centavos moneda na-
    cional por   concepto de la construcción del empedrado de la
    Villa   de  Medinas,  según el contrato de 5 de Noviembre de
    1895.
    
       Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
    sente ley  se  hará de rentas generales, con imputación a la
    misma.
    
       Art. 3º.- Comuníquese al P.E.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
    te de Agosto de mil novecientos ocho.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A ABONAR A DON RAFAEL SUÁREZ, O SU CESIONARIO, UNA SUMA DE DINERO POR LA CONSTRUCCIÓN DEL EMPEDRADO DE LA VILLA DE MEDINAS.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 32- PAGINA 175.-