• Detalle de Ley

    Ley N°: 9782
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 18/06/2024
    Promulgada: 04/07/2024
    Publicada: 08/07/2024
    Boletin Of. N°: 30749

  • Texto
  •    La  Legislatura  de la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
    
                                L E Y:
    
    
       Artículo 1°.- Institúyese  el  mes  de Septiembre de cada
    año como "Mes de la Biblia".
    
       Art. 2°.- Incorpórase   al   Calendario   Escolar  de  la
    Provincia  la conmemoración instituida por el Artículo 1° de
    la presente Ley.
    
       El Ministerio de Educación debe disponer que en todos los
    niveles  y  modalidades  del Sistema Educativo Provincial se
    desarrollen   contenidos   alusivos   a   la   conmemoración
    instituida por la presente Ley.
    
       Art. 3°.- Instrúyese a la Secretaría de Estado de Culto y
    Vinculación  con  Organizaciones  de  la Sociedad Civil o al
    organismo  que  en  el  futuro la reemplace, dependiente del
    Ministerio  de  Gobierno  y  Justicia  de  la  Provincia  de
    Tucumán, a los fines de que organice en fechas próximas a la
    celebración  que  se  instituye  por la presente Ley, foros,
    seminarios, talleres, conferencias;  y  en general, acciones
    tendientes  a  promover  la  sensibilización  y  mejorar  el
    conocimiento y comprensión de la misma.
    
       Art. 4°.- Comuníquese.
       Dada  en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia  de Tucumán, a los dieciocho días del mes de
    junio del año dos mil veinticuatro.
    
    

  • Relaciones

    Vinculada con Ley 8266

  • Resumen

    INSTITUYE EL MES DE SEPTIEMBRE DE CADA AÑO COMO "MES DE LA BIBLIA"

  • Observaciones