* CADUCA *
La Honorable Sala de Representantes ha sancionado con
fuerza la siguiente
L E Y:
Artículo 1º.- Se autoriza al Poder Ejecutivo para poner
en remate público el abasto de carne de los lugares de la
campaña donde hubiese mercado.
Art. 2º.- Comuníquese.
Tucumán, Noviembre 19 de 1857.-