• Detalle de Ley

    Ley N°: 993
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 03/12/1908
    Promulgada: 12/12/1908
    Publicada: 18/12/1908
    Boletin Of. N°: 154

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Apruébase  el acuerdo  de fecha 30 de Abril
    ppdo., dictado  por  el  P.E.,  ampliando  en la cantidad de
    $55.000 nacionales  la  partida de $ 121.000, que, por leyes
    de 1º de Setiembre de 1906 y 17 de Enero de 1907, se destinó
    para la construcción de los canales de Río Chico.
    
       Art.2º.- Este gasto se hará con el sobrante de la partida
    de $ 850.000, que, por la Ley de 29 de Diciembre de 1906, se
    destinó para el pago de la deuda flotante de la Provincia.
    
       Art.3º.- Comuníquese al P.E.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de  la H. Legislatura, a tres
    de Diciembre de mil novecientos ocho.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    APRUEBA EL ACUERDO DE FECHA 30 DE ABRIL DICTADO POR EL PODER EJECUTIVO AMPLIANDO PARTIDA PRESUPUESTARIA.-

  • Observaciones