• Detalle de Ley

    Ley N°: 1125
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: SEGURIDAD SOCIAL
    Sancionada: 15/11/1912
    Promulgada: 15/11/1912
    Publicada: 26/11/1912
    Boletin Of. N°: 1295

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.-  Téngase como artículo 64 de la Ley General
    de Monte Pío Civil de fecha 21 de enero de 1907, el artículo
    1º de la Ley de fecha 1º de julio de 1912.
    
       Art.2º.- Los artículos 64 y 65 de la Ley General de Monte
    Pío Civil, pasarán a ser 65 y 66 de la misma.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la  Honorable Legislatura,
    a quince días del mes de noviembre de mil novecientos doce.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 919
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LEY 919 -LEY DE MONTE PÍO CIVIL ESTABLECE FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES PARA FUNCIONARIOS, AGENTES CIVILES Y EMPLEADOS PÚBLICOS-.

  • Observaciones