• Detalle de Ley

    Ley N°: 1129
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 15/04/1912
    Promulgada: 02/05/1913
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.-  Ábrese un crédito extraordinario a la Par-
    tida 7,  del Ítem 11, Inciso IV, Anexo A, del Presupuesto de
    1912, por  la  cantidad de diez y ocho mil veinte pesos, con
    noventa y cuatro centavos m.n., ($ 18.020.94 m.n.).
    
       Art.2º.- El  gasto que demande el cumplimiento de la pre-
    sente ley se hará de rentas generales, imputándose a la mis-
    ma.
    
       Art.3º.- Comuníquese al P.E.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a quince días del mes de Abril de 1913.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 1159

  • Resumen

    AMPLIA PARTIDA DEL PRESUPUESTO DEL AÑO 1912 -LEY 1101-.

  • Observaciones