* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíase en la cantidad de ciento cincuenta
mil pesos nacionales, la partida 2, del ítem 2º., inciso 1.,
anexo A., del presupuesto vigente, destinada para fiestas
cívicas dentro el año en curso.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a 30 de
junio de mil novecientos trece.-