* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíase en la cantidad de cinco mil pesos
m/n, la partida 2, del ítem 2º, inciso 2º, Anexo A del Pre-
supuesto vigente, para cumplimiento de leyes electorales.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Comuníquese al P.E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
tinueve días del mes de agosto de mil novecientos catorce.