* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíase la partida 1 del Ítem 1º, Inciso
16, Anexo A, del Presupuesto vigente, en la cantidad de diez
mil pesos moneda nacional.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Comuníquese al P.E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a diez
días del mes de Setiembre de mil novecientos catorce.