• Detalle de Ley

    Ley N°: 1231
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 24/12/1914
    Promulgada: 30/12/1914
    Publicada: 14/01/1915
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.-  El precio que se abonare en caso de expro-
    piación de  inmuebles servirá de base para el valor venal de
    la propiedad  a  que la fracción expropiada pertenezca a los
    efectos del pago de Contribución Directa.
    
       Art. 2º.- La avaluación fijada de acuerdo con el artículo
    anterior será inapelable y regirá por un término no menor de
    tres años,  pasados los cuales podrá revaluarse la propiedad
    de acuerdo con el Art. 12 de la Ley de Contribución Directa.
    
       Art. 3º.- Comuníquese al P.E.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
    ticuatro días  del  mes  de  diciembre  de  mil  novecientos
    catorce.
    

  • Relaciones

    Modificada por Ley 2006
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    FIJA EL VALOR VENAL DE LA PROPIEDAD INMUEBLE A LOS EFECTOS DE LA LEY DE CONTRIBUCION DIRECTA.-

  • Observaciones