* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíase en la cantidad de doscientos cin-
cuenta mil pesos m.n la autorización conferida al P. E. por
ley de 7 de enero del corriente año para gastos en la cele-
bración del Centenario.
Art.2º.- Inclúyese este gasto entre los comprendidos en
el inciso 4º, del Artículo 11 de la Ley de fecha 12 de Julio
de 1915.
Art.3º.- Comuníquese al P. E.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veintitrés días del mes de mayo de mil novecientos diez y
seis.