• Detalle de Ley

    Ley N°: 131
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 27/04/1859
    Promulgada: 28/04/1859
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       La Honorable  Sala  de  Representantes  ha sancionado con
    valor y fuerza de ley lo siguiente:
    
       Artículo 1º.- Rija desde Enero de 1860 en adelante la ley
    de 10 de Agosto de 1858.
    
       Art. 2º.-  Derógase el art. 5º de la ley de 18 de Febrero
    de 1856  que  impone la patente de un peso a las carretas de
    uso particular en la Ciudad y Campaña.
    
       Art. 3º.-  Las patentes establecidas o que en adelante se
    establecieren se pagarán íntegras en todo Enero de cada año.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Sala de Sesiones, Tucumán, Abril 27 de 1859.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 55
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    ESTABLECE VIGENCIA DE LA LEY 109, DE PATENTES A PARTIR DE ENERO DE 1860. DEROGA EL ARTICULO 5° DE LA LEY 55.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 2- PAGINA 242.-