* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíase de Rentas Generales en la suma de
$ 45.000 m/n (CUARENTA Y CINCO MIL PESOS MONEDA NACIONAL),
la partida 2 del ítem 1º, inciso VII, Anexo B de la Ley de
Presupuesto de 1926, vigente para 1927, que asigna fondo
"Para caminos".
Art. 2º.- Declárase la presente ley de carácter urgente.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de sesiones de la Honorable Legislatura
aveintiuno de octubre de mil novecientos veintisiete.