* CADUCA*
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíase en la suma de $ 90.627,44 m/n, la
cantidad de $ 30.000 m/n destinada por el artículo 7º de la
ley de 30 de octubre de 1925 para atender los gastos que
origine la formación de un pueblo de cien hectáreas en "La
Ramada" a fin de dar debido cumplimiento a las disposiciones
de dicha ley.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de esta ley
se hará de Rentas Generales, con imputación a la misma.
Art.3º.- Declárase de urgencia la presente ley.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a
treinta de mayo de mil novecientos veintiocho.