• Detalle de Ley

    Ley N°: 1538
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ADMINISTRATIVO - CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 27/06/1933
    Promulgada: 28/06/1933
    Publicada: 17/07/1933
    Boletin Of. N°: 7357

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Modifícase  el  primer párrafo del artículo
    1ºde la ley por la que se destinen fondos para construcción,
    reparaciones y mejoras  de edificios escolares de la Provin-
    cia, en la siguiente forma:
    
       "Artículo 1º.- Autorízase al Poder  Ejecutivo para inver-
    tir el veinticinco por  ciento del fondo permanente de Obras
    Públicas y Asistencia Médica y  Social, en la siguiente for-
    ma:".
    
       Art.2º.- Modifícase la  parte final del artículo 5º de la
    misma ley, donde dice: " del veinticinco por ciento que des-
    tina el expresado artículo 9º de la ley de fecha.....febrero
    de 1933" en  la siguiente forma: "del veinticinco por ciento
    que destina el  artículo  9º de la ley de creación del fondo
    permanente de Obras Públicas y Asistencia Médica y Social".
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la  Honorable Legislatura,
    a veintisiete de junio de mil novecientos treinta y tres.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 1532
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY 1531 -FONDO PERMANENTE DE OBRAS PÚBLICAS Y ASISTENCIA MÉDICA Y SOCIAL-.

  • Observaciones