* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Redúcese a la suma de $ 10.000.000 moneda
nacional (Diez millones de pesos moneda nacional), la emi-
sión de $ 16.000.000 moneda nacional, en títulos de deuda
pública denominados "Letras de Certificación de Deuda",
aprobado por ley de fecha 20 de mayo de 1935.-
Art.2º.- Derógase el artículo 8º de la expresada ley del
20 de mayo de 1935.
Art.3º.- Comuníquese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a die-
ciocho días del mes de diciembre de mil novecientos treinta
y cinco.-