* CONSOLIDADA *
Artículo.1º.- Autorízase a la Caja Popular de Ahorros a
transferir al Excelentísimo Gobierno de la Provincia la fin-
ca "La Florida", ubicada en el primer distrito de Monteros,
Provincia de Tucumán, compuesta de una superficie de 9.882
hectáreas 5.005 metros cuadrados, que aquella institución
adquirió en remate público efectuado por el Banco Hipoteca-
rio Nacional en la suma de Pesos Moneda Nacional Ciento
Veintiséis Mil ($ m/n 126.000), debiendo la Provincia rein-
tegrar a dicha Caja Popular de Ahorros las sumas que ésta
hubiera desembolsado como parte de precio, comisión, etcéte-
ra con más los intereses correspondientes.
Art.2º.- La propiedad adquirida por la presente Ley será
destinada a parque provincial, reserva de fauna y flora y
colonización.
Dicha propiedad, el Parque Aconquija, el Parque Centena-
rio 9 de Julio y las tierras que la Provincia adquiera con
idénticos fines, serán administradas y dirigidas por la Di-
rección de Flora, Fauna y Suelos.
Art.3º.- Comuníquese.-
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- Texto consolidado con Ley Nº 1948.-