• Detalle de Ley

    Ley N°: 1851
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: SEGURIDAD SOCIAL
    Sancionada: 26/05/1941
    Promulgada: 02/06/1941
    Publicada: 04/06/1941
    Boletin Of. N°: 9672

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y Cámara de  Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Agrégase al  final del art. 11 de la ley Nº
    1603, el siguiente párrafo:
       "Cuando el empleado tenga más de cinco años de servicios,
    el beneficio  que  acuerda  el párrafo anterior podrá ser de
    hasta el importe de cinco meses de sueldo".
    
       Art.2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable  Legislatura,
    a veintiséis días del mes de Mayo de mil novecientos cuaren-
    ta y uno.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 1603
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LEY 1603 -MODIFICATORIA DE LEY 1405, FONDO PARA
    JUBILACIONES Y PENSIONES-.

  • Observaciones