• Detalle de Ley

    Ley N°: 1900
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 23/10/1941
    Promulgada: 07/11/1941
    Publicada: 14/11/1941
    Boletin Of. N°: 9804

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y Cámara de  Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Modifícase el artículo 47, Patentes  Fijas,
    Letra "C"  apartados  1º y 2º de la Ley 1779 de Patentes Co-
    merciales e Industriales, en la siguiente forma:
    
                                 C
       Comisionistas con o sin muestrario que tra-
       bajen para casas de fuera  de  la Provincia
       (patente  única con o sin representación)     $   200.-
       Comisionistas  con existencia o depósito de
       mercaderías que trabajen para casas de fue-
       ra de la Provincia( sin representación)       " 1.000.-
    
       Art.2º.- Derógase el inciso i) del artículo 1º de la  Ley
    1810.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable  Legislatura,
    a veintitrés días del mes  de  octubre  de  mil  novecientos
    cuarenta y uno.

  • Relaciones

    Modifica a Ley 1810
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA EL ARTICULO 47 DE LA LEY 1779 -LEY DE PATENTES COMERCIALES E INDUSTRIALES-. DEROGA INCISO I) DEL ARTICULO 1° DE LA LEY 1810.-

  • Observaciones