• Detalle de Ley

    Ley N°: 209
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: SALUD
    Sancionada: 02/06/1863
    Promulgada: 04/06/1863
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       La Sala  de  Representantes  ha  sancionado  la siguiente
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Créase un Tribunal de Medicina en esta ciu-
    dad, compuesto del  Médico Titular, que  será  el Presidente
    hasta tanto se de un Reglamento, y de dos profesores mas que
    nombrará el gobierno.
    
       Art. 2º.- Son atribuciones de este Tribunal: 1º. Proponer
    al   Gobierno  los medios de vigilar y mejorar la salubridad
    pública: 2º.  Dictar medidas profilácticas en caso de epide-
    mia o infección, y comunicarlas  al gobierno para su cumpli-
    miento: 3º. Celar el  ejercicio de la medicina, de la Farma-
    cia y demás ramos del arte de curar, como igualmente revisar
    diplomas, o darlos,  previo el correspondiente examen,  para
    poder ejercer libremente cualquiera de dichos ramos: 4º. Dar
    su dictamen en caso de consulta del gobierno o de los tribu-
    nales de justicia sobre puntos de medicina legal, y  decidir
    en las divergencias de los facultativos sobre ellos.
    
       Art. 3º.- Dicho  Tribunal presentará a  la aprobación del
    Gobierno, tan luego como le sea  posible, un Reglamento para
    el ejercicio de sus funciones.
    
       Art. 4º.- Queda derogada toda disposición contraria a es-
    ta ley.
    
       Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
    
       Sala de Sesiones en Tucumán, a 2 de Junio de 1863.-

  • Relaciones

    Derogada por Ley 549

  • Resumen

    CREA UN TRIBUNAL DE MEDICINA CON ATRIBUCIONES DE PROPONER AL GOBIERNO LOS MEDIOS DE VIGILAR Y MEJORAR LA SALUBRIDAD PÚBLICA.

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS TOMO 3 PÁG. 94. DTO DEL 27-04-1866 SUSPENDE ESTA LEY.