• Detalle de Ley

    Ley N°: 2100
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: TURISMO
    Sancionada: 10/10/1947
    Promulgada: 14/10/1947
    Publicada: 22/10/1947
    Boletin Of. N°: 11532

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados  de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.-  Reemplázase  el  artículo  10 de la Ley nº
    2.028, de la fecha 7 de enero de 1947, por el siguiente:
       "Art.10.- Aféctase  para  el  cumplimiento de la presente
    ley, el veinte por ciento del producido de la  participación
    que fija  el  artículo  12,  inciso  3 , de la Ley  nº 1.253
    (T.O.), a partir del 1º de enero de 1947".
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a diez
    días del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y siete.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 2028
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    REEMPLAZA ARTICULO 10 DE LA LEY 2028 -FOMENTO A LA CONSTRUCCION DE HOTELES, HOSTERIAS Y PARADEROS.-

  • Observaciones