* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Modifícase el último párrafo del artículo
20 de la Ley Nº 2.063 (Régimen Impositivo de la Municipa-
lidad de Villa Alberdi), en la siguiente forma:
"Segunda zona: Comprendida entre los límites de la prime-
ra y todo el radio municipal donde se preste el servicio de
alumbrado y limpieza".
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a siete días del mes de noviembre del año mil novecientos
cuarenta y siete.