* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Agrégase en el primer párrafo del artículo
117 de la Ley Orgánica de los Tribunales, a continuación de
las palabras "escribano público", las siguientes:
"o prosecretario con diez años de antigüedad en la admi-
nistración de justicia".
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veinte días del mes de mayo del año mil novecientos cua-
renta y ocho.-