• Detalle de Ley

    Ley N°: 2237
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 29/08/1949
    Promulgada: 14/09/1949
    Publicada: 01/10/1949
    Boletin Of. N°: 12098

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.-  Substitúyese  el artículo 11, de la ley Nº
    2.031, por el siguiente:
       "Art.11.- El  Presidente  del  Banco  percibirá un sueldo
    mensual de tres mil pesos moneda nacional. El monto total de
    la remuneración  correspondiente  a los Vocales en ejercicio
    que se  fija  en  la suma de ocho mil pesos moneda nacional,
    mensuales, se  distribuirá  entre  ellos,  con obligación de
    atención diaria del despacho".
    
       Art. 2º.- Los aumentos  a  que se refiere el artículo an-
    terior, regirán con anterioridad al 1º de marzo de 1948.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a veintinueve días del mes de agosto del año mil novecientos
    cuarenta y nueve.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 2031
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY 2031 -CARTA ORGÁNICA DEL BANCO PROVINCIA-.

  • Observaciones