* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíase en la cantidad de doscientos mil
pesos moneda nacional, la partida l, ítem 2, inciso VII, a-
partado c), anexo B del presupuesto general en vigor.
Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de rentas generales con imputación a la
misma.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura a
veinticinco días del mes de septiembre del año mil novecien-
tos cincuenta y uno.