• Detalle de Ley

    Ley N°: 2449
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 28/04/1952
    Promulgada: 29/04/1952
    Publicada: 18/07/1952
    Boletin Of. N°: 12848

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de  Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase la denominación del recurso  Pa-
    tentes generales por el de Impuesto a las actividades lucra-
    tivas, de la ley 2038, modificación que el  Poder  Ejecutivo
    queda autorizado a incorporar en todas aquellas  partes  del
    texto de la Ley respectiva en que sea necesario hacerlo.
    
       Art. 2º.- Créase un gravamen adicional del diez por cien-
    to sobre el impuesto a las actividades lucrativas que ingre-
    sará a rentas  generales y se  denominará Contribución  para
    enseñanza pública.
       La determinación, percepción, fiscalización, multas, pla-
    zos, prescripción, etc., de este gravamen se regirán por las
    disposiciones de la ley del impuesto mencionado.
    
       Art. 3º.- Agrégase  como  segundo párrafo del artículo 33
    de la ley 2038, el  siguiente: "El Poder Ejecutivo queda au-
    torizado a  conceder, con  carácter  general, bonificaciones
    de hasta el cinco y dos medio por ciento, cuando el pago  se
    realice totalmente en los meses de enero y  febrero, respec-
    tivamente, del año a que corresponda el impuesto".
    
       Art. 4º.- Las disposiciones de la  presente  ley  regirán
    desde el 1 de enero de 1952.
    
       Art. 5º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la  Honorable  Legislatura
    de la Provincia, a veintinueve días del mes de abril de  mil
    novecientos cincuenta y dos.

  • Relaciones

    Modifica a Ley 2038
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY 2038 -LEY DE PATENTES-, CAMBIA LA DENOMINACION "PATENTES" POR LA DE "IMPUESTO A LAS ACTIVIDADES LUCRATIVAS".-

  • Observaciones