* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíase en la cantidad de cien mil pesos
moneda nacional, la partida 8, apartado c), ítem 7º, inciso
X, anexo B, de la ley de presupuesto general de la Provin-
cia.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se imputará a la misma y se hará con fondos de
rentas generales.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
tidós días del mes de septiembre del año mil novecientos
cincuenta y dos.