* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Reemplázase el artículo 1º de la Ley Nº
2604, por el siguiente:
"Autorízase al Poder Ejecutivo a adquirir en compra di-
recta en la cantidad de cuarenta y dos mil quinientos ochen-
ta y cinco pesos con cuarenta centavos, el inmueble ubicado
en la Ciudad de Tucumán, avenida Avellaneda nº 837, padrón
32.073- matrícula 5309/61 - circunscripción I- sección 15.a-
manzana 1 - parcela 7, de ocho metros setenta centímetros de
frente, por setenta y un metros noventa y cinco centímetros
de fondo y que linda: al Norte, con Rómulo Nicolás López;
al Sur, con Francisco Olivera; al Este, con Pedro Martín
Cespero, y al Oeste, con avenida Avellaneda".
Art.2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura a trece
días del mes de Setiembre del año mil novecientos cincuenta
y cuatro.