* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Derógase el artículo 4º de la ley 2.099.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de esta ley
se atenderá de rentas generales, con imputación a la misma.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a cuatro
días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta
y cuatro.