• Detalle de Ley

    Ley N°: 2827
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 04/02/1959
    Promulgada: 12/02/1959
    Publicada: 27/02/1959
    Boletin Of. N°: 14488

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y C ámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Suspéndese  hasta  el día 2 de mayo de 1959
    la vigencia de  la ley nº 2.811, quedando en consecuencia en
    vigor, hasta esa fecha, las disposiciones que la misma modi-
    fica.
    
       Art.2º.- Autorízase al  Poder  Ejecutivo y a la Corte Su-
    prema de Justicia,  en su caso, para que, con anterioridad a
    la fecha dispuesta  por  el artículo anterior y en uso de la
    facultad conferida por la ley nº 2.811, designen o propongan
    la designación de  magistrados, funcionarios y demás emplea-
    dos, y realicen  los  gastos necesarios para el cumplimiento
    de la ley de referencia.
    
       Art.3º.- Todos los  actos  procesales  cumplidos  por los
    magistrados y funcionarios designados en virtud de las leyes
    reformadas por la  ley  nº 2.311, desde su vigencia hasta la
    promulgación de la presente, se considerarán válidos.
    
       Art.4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala  de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de Tucumán, a  cuatro  días  del mes de febrero de mil nove-
    cientos cincuenta y nueve.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 2811
    Modificada por Ley 2831
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    SUSPENDE VIGENCIA DE LEY 2811 MODIFICATORIA DE LEY 957 -LEY ORGANICA DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA -.

  • Observaciones